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#citación juzgado
kukvy · 3 months
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Copys para Neige
Si Neige piensa, estoy de acuerdo.
Si Neige habla, presto atención.
Si Neige falla, lo consuelo
Si Neige respira, aprecio.
Si Neige tiene 100 haters, yo me los vergeo
Si Neige tiene 1 fan, soy yo.
Si Neige no tiene fans es que he muerto.
si Neige opina, le doy la razón
si Neige falla ¿? wtf el no falla
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?????????? acabo de recibir un correo electrónico con una citación judicial para mí y quedé re ¿?¿? aparentemente estoy siendo PROCESADO y tengo q estar el viernes a las 16h en los juzgados con un abogado pq me han denunciado por ser la mejor Neige stan que hago
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hola,,
desafortunadamente este va a ser mi último post, estoy agradecido con todas las personas que conocí acá, me surgió algo, solo quiero decir que amo a cada mutual y nose si voy a volver después de mi casamiento con Neige, de todas maneras gracias por todo adiós
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¿por qué tienen tan normalizado decir un "te amo"?, el "te amo" es una palabra tan pura, tan llena de amor y cariño, las personas dicen te amo como si dijeran "hola", el te amo debe ser guardado para alguien completamente especial, en fin te amo Neige Leblanche.
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ᵗᵉ ᵃᵐᵒ ᵗᵉ ᵃᵐᵒ
ᵗᵉ ᵃᵐᵒ
ᵗᵉ ᵃᵐᵒ Neige. ᵗᵉ ᵃᵐᵒ
ᵗᵉ ᵃᵐᵒ
ᵗᵉ ᵃᵐᵒ ᵗᵉ ᵃᵐᵒ
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Neige sos un sol de persona que se merece todo lo bueno en este mundo, sos la felicidad en persona, te quiero, te amo Neige, sos una estrella en la tierra, no puede existir una persona tan buena en este mundo, norman, te quiero mucho mucho mucho mucho mucho, sos el sol.
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Amo a Neige, ya dije que amo a Neige? ¿No? Si no lo he dicho pues amo a Neige, amo a Neige amo mucho a Neige, amo a Neige, Neige te amo, ojo amo a Neige
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Jdr, que no se note que soy fan de Neige
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diarioelpepazo · 3 months
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El portugués recibió una citación para acudir a los Juzgados de Sevilla Ángel Marín El mediocampista del Betis, William Carvalho, está siendo investigado por un presunto delito de agresión sexual y este martes acudirá a los Juzgados de Sevilla para ser interrogado por algunos hechos ocurridos el pasado mes de agosto. El portugués ha sido citado en calidad de imputado para interrogarlo este martes 6 de febrero. Los supuestos hechos sucedieron el pasado mes de agosto en Sevilla y la víctima denunció haber sido drogada y violada por el jugador en un hotel de la ciudad. Desde el Betis se confirma la citación del jugador para declarar, pero hasta no tener más información no se pronunciarán, lo cual indica que la postura del equipo será bastante meditada por los altos mandos del conjunto sevillano. Medios españoles revelaron información sobre el caso del jugador del Betis. "Ella se citó con el futbolista en un restaurante y de ahí fueron a una discoteca. Posteriormente, se despertó en un hotel a la mañana siguiente con claros signos de violencia en su cuerpo y sin acordarse con exactitud qué había ocurrido”. Para recibir en tu celular esta y otras informaciones, únete a nuestras redes sociales, síguenos en Instagram, Twitter y Facebook como @DiarioElPepazo El Pepazo/Meridiano
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anonima-geek · 3 months
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Hoy me han puesto a parir en el juzgado... he llamado para preguntar por qué no llegaron las citaciones y el secretario de lo Penal me ha dicho literalmente: "a lo mejor los testigos no se quieren presentar, vete a un psiquiatra o llama al teléfono de la esperanza y no nos hagas perder el tiempo". Me dio un ataque brutal de ansiedad... mi colega tuvo que ir a buscar la pastilla del médico.
Lo sorprendente fue que decidió llamar y pedir la misma información. No le preguntaron su nombre ni su DNI ni le pidieron identificación. Pero amablemente sí que le explicaron que la citación llegaría a lo largo de la mañana a través de la entrega personal de la Guardia Civil y que los testigos tienen obligación legal de presentarse.
Efectivamente... bajé a contarle la historia a uno de los testigos y allí se presentó el Capitán América, que no se dignó a hablarme. No me habla desde que subí la denuncia que tienen archivada en su Comandancia, la que no quisieron subir, desde el Juzgado de Guardia de Salamanca.
Sólo me habló en mi pueblo para preguntarme por uno de los testigos de la otra parte. Flipó cuando le dije "a mí que me cuentas, hace un mes que vivo en la furgo por vuestra culpa".
Desde luego, para poner una denuncia en la Sierra y que sea efectiva hay que ir necesariamente a las ciudades... en los pueblos estamos desprotegidos, a no ser que seamos familia o amigos o una potencia económica afín a los intereses de los caciques.
Más en anonimageek.com
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ivanreydereyes · 6 months
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He ido a poner la DENUNCIA por los cargos FRAUDU_LENTOS en mi tarjeta de CREDITO a la comisaría de HORTALEZA [en la que empezó esto TAN DISPARATADO en una FAMILIA tal como me escribió mi padre un año después apesar de la prohibición de comunicarnos directamente por el auto de aleja_miento que solicito..pues cuando fui a poner MI DENUNCIA contra la EMPRESA de mi padre y su SOCIO el abogado RAFAEL JIMENEZ VALCARCEL..estaban poniendo una denuncia porque me lleve el PERRO familiar unas HORAS y por lo que hubo un juicio en el Juzgado de INSTRUCCION número 13 de MADRID de ELISA JIMENEZ SANZ que como CARMEN VALCARCEL CODES del J.I. num 5 q me puso luego el auto de Aleja_miento creía q eran sus familiares..celebrándose juicio el 13_1_04 diciendo que entre familiares no hay responsabilidad penal sino hay violencia o daño..y al verme ahí Rafael JIMENEZ VALCARCEL hablo con el comisario para que me fuera por lo que llame a mi abogado el Sr MESONERO y me dijo que me fuera a otra comisaría yendo a la que esta junto al NUNCIO ..luego el SR MESONERO negocio con la empresa de mi padre y dijo que el ACUERDO era muy bueno para mi consistiendo en una Escritura en el que en caso de que hubiera alguna responsabilidad penal contra mi por ser el administrador único gratuito de la empresa filial que querían quebrar fraudulentamente para evitar pagar una sentencia judicial sobre que unos trabajadores o instaladores a los q teníamos permanentemente en TELECINCO y que antes estaban con la empresa de trabajo temporal RAMSTAD al no hacerles de PLANTILLA TELENCINCO como les prometieron..empezaron a hacer huelga de brazos caídos y telecinco nos mandó despedirlos para sustituirlos con Instaladores de la empresa EUROTRANING TELECOM en la q además yo era el JEFE teniendo de subordinado a YESHE HITA TORRES o el hermano del NIÑO LAMA de GRANADA OSEL y el cual me pidió faltar al trabajo porque su hermano más pequeño se AHOGO en la piscina de su madre MARIA en IBIZA a la cual grabe en un Podcast de la BBC q escuche en el APPLE STORE de CC WESTFIELD de LONDRES q hoy en día era mejor ser una ROCKSTAR para ayudar q un LAMA y que su hijo sería su maestro cuando la enseñará algo..y entonces nos denunciaron 6 trabajadores a la empresa y a TELECINCO..pero nunca nos llegó la citación ni T5 nos aviso para hacer una defensa conjunta.. cuando en el peor de lo casos al solo llevar 1 mes en EUROTRAINING solo habia q pagar 300€ a cada trabajador pero empezaron a correr salarios de tramitación hasta que un BANCO nos aviso q había una incidencia judicial por lo que se disparo el asunto a unos 150.000€ q mi padre se nego a pagar x lo q el abogado tramo una INSOLVENCIA PUNIBLE q yo sería RESPONSABLE por lo q me negué incluso cuando el acuerdo de mi abogado el Sr MESONERO me dijo q la ESCRITUTA ME LIBERABA de RESPONSABILIDAD y que la ASUMIRIAN los SOCIOS de EUROCOM o de la matriz en el q mi padre tenía el 71% ..y al negarme el ABOGADO MESONERO me dijo q pronto estaria sin DINERO al gastarmelo en ABOGADOS, sin PARO xq la empresa no me daba los papeles y con todo tipo de gastos q antes no tenía en casa de mis padres y me iba a ver en la CALLE ARRUINADO por lo q me llamo BOTARATE jaja..llamándome a continuación del Juzgado Instrucción num 5 para una vista RAPIDA e imponerme un auto de alojamiento argumentando la juez que si trabajará en EL CORTE INGLES no acosaria o molestaria a su DUEÑO]..y no he podido xq te piden que imprimas los resguardos o la impresión de los cargos en la tarjeta..y luego he pasado por el adjunto CC GRAN VIA HORTALEZA o su Carrefour [=encrucijada] de MAR DE CRISTAL [citado en APOCALIPSIS 15.2] pues así se llama el adjunto METRO ..y me he fotografiado con un cartel de Brad Pitt [del q hable esta mañana por la CRUZ apuntándose el CHOCHO de ANGELINA JOLIE con lema en latin LO QUE TE ALIMENTA, TE DESTRUYE y la cual hizo PECADO ORIGINAL con Antonio BANDERAS al q beso MADONNA=VIRGEN..en hotel PALACE para su documental VERDAD O DESAFIO].. anunciando cafeteras PERFETTO..y libros LA ARMADURA DE LA LUZ de KEN FOLLE_TT..EL PROBLEMA FINAL..
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24newsliveblog · 2 years
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El juez Gadea rechaza que declaren desde Abu Dabi dos investigados por estafa en criptomonedas
El juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea ha rechazado la petición de dos de los investigados por la presunta estafa en criptomonedas Kualian de declarar por videoconferencia desde Abu Dabi y mantiene su citación para mañana jueves con el apercibimiento de que, en el caso de que no comparezcan, se procederá a la práctica de la comparecencia del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en la que las acusaciones pueden solicitar su ingreso en prisión o la libertad provisional con o sin medidas cautelares.
En un auto, el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción 6 desestima un recurso de reforma presentado por los investigados David Aurelio Ruiz de León García Vao y por Cristian Albeiro Carmona Hernández en el que pedían declarar por videoconferencia u otro sistema similar desde la Embajada de España en Abu Dabi.
Gadea explica en su resolución que la petición de los investigados se basa exclusivamente en razones de interés personal y añade que la solicitud se produce después de haberse suspendido su comparecencia una primera vez por una “supuesta indisposición que ni siquiera pudo ser valorada por el médico forense, pues los citados ni siquiera estaban en España, no llegando a salir de Emiratos Árabes Unidos pese a estar citados en España”.
“Analizados los precedentes y vista la solicitud, esta se perfila más bien como obstructiva y entorpecedora de la ordenada concatenación de actuaciones procesales de esta instrucción, pudiendo entender este magistrado que la medida excepcional y subsidiaria ahora interesada no colma la necesidad, por razones de utilidad pública e interés del Estado en el ejercicio del 'ius puniendi', de garantizar la presencia de los dos investigados en la sede judicial ante la autoridad competente para la instrucción”, apunta.
El juez considera que la actitud desplegada hasta el momento permite inferir indicios serios de una voluntad de evadir la actuación judicial, lo que justificaría la necesaria presencia de los dos investigados, siquiera para despejar cualquier atisbo sobre la situación personal en que deben quedar ambos, cuya vinculación al proceso por los indicios criminales que pesan sobre ellos resulta incuestionable en este momento.
“Una declaración de esta naturaleza”, continúa el instructor, “sin previa solicitud de las autoridades competentes mediante la correspondiente Comisión Rogatoria y en circunstancias que podríamos calificar de 'informales' no garantizaría los derechos de contradicción y defensa inherentes al proceso penal a los que se refiere el art. 229.3 LOPJ, por lo que debe ser descartada, pues no hay manera alguna de dar fe de la validez del acto y asegurar el efectivo disfrute de los derechos procesales de los investigados en condiciones idóneas para su ejercicio, pues de ello dependerá, en esencia, la validez del procedimiento”.
En definitiva, concluye el juez, atendidas las dudas que suscita la predisposición de los investigados de colaborar con el juzgado, se acuerda mantener su citación para mañana, jueves 23 de junio, a las 10 horas, “con apercibimiento de que, en el caso de no hacerlo, se procederá a la práctica de la comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
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24press-news · 2 years
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El juez Gadea rechaza que declaren desde Abu Dabi dos investigados por estafa en criptomonedas
El juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea ha rechazado la petición de dos de los investigados por la presunta estafa en criptomonedas Kualian de declarar por videoconferencia desde Abu Dabi y mantiene su citación para mañana jueves con el apercibimiento de que, en el caso de que no comparezcan, se procederá a la práctica de la comparecencia del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en la que las acusaciones pueden solicitar su ingreso en prisión o la libertad provisional con o sin medidas cautelares. En un auto, el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción 6 desestima un recurso de reforma presentado por los investigados David Aurelio Ruiz de León García Vao y por Cristian Albeiro Carmona Hernández en el que pedían declarar por videoconferencia u otro sistema similar desde la Embajada de España en Abu Dabi.
Gadea explica en su resolución que la petición de los investigados se basa exclusivamente en razones de interés personal y añade que la solicitud se produce después de haberse suspendido su comparecencia una primera vez por una “supuesta indisposición que ni siquiera pudo ser valorada por el médico forense, pues los citados ni siquiera estaban en España, no llegando a salir de Emiratos Árabes Unidos pese a estar citados en España”.
“Analizados los precedentes y vista la solicitud, esta se perfila más bien como obstructiva y entorpecedora de la ordenada concatenación de actuaciones procesales de esta instrucción, pudiendo entender este magistrado que la medida excepcional y subsidiaria ahora interesada no colma la necesidad, por razones de utilidad pública e interés del Estado en el ejercicio del 'ius puniendi', de garantizar la presencia de los dos investigados en la sede judicial ante la autoridad competente para la instrucción”, apunta.
El juez considera que la actitud desplegada hasta el momento permite inferir indicios serios de una voluntad de evadir la actuación judicial, lo que justificaría la necesaria presencia de los dos investigados, siquiera para despejar cualquier atisbo sobre la situación personal en que deben quedar ambos, cuya vinculación al proceso por los indicios criminales que pesan sobre ellos resulta incuestionable en este momento.
“Una declaración de esta naturaleza”, continúa el instructor, “sin previa solicitud de las autoridades competentes mediante la correspondiente Comisión Rogatoria y en circunstancias que podríamos calificar de 'informales' no garantizaría los derechos de contradicción y defensa inherentes al proceso penal a los que se refiere el art. 229.3 LOPJ, por lo que debe ser descartada, pues no hay manera alguna de dar fe de la validez del acto y asegurar el efectivo disfrute de los derechos procesales de los investigados en condiciones idóneas para su ejercicio, pues de ello dependerá, en esencia, la validez del procedimiento”.
En definitiva, concluye el juez, atendidas las dudas que suscita la predisposición de los investigados de colaborar con el juzgado, se acuerda mantener su citación para mañana, jueves 23 de junio, a las 10 horas, “con apercibimiento de que, en el caso de no hacerlo, se procederá a la práctica de la comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
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La AN dicta orden de detención internacional contra los responsables de la plataforma de inversión en criptomonedas Kuailian
Dos de los investigados por la presunta estafa de criptomonedas Kuailian, que no han comparecido a declarar por dos veces ante el órgano judicial alegando que tienen fijada su residencia fuera de España, en Emiratos Árabes Unidos
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El supuesto engaño habría dejado más de 65.000 afectados en el mundo y 500 millones de euros de perjuicio.
El magistrado de la Audiencia Nacional (AN) Joaquín Gadea ha dictado una orden internacional de detención contra el fundador de la plataforma de inversión en criptomonedas Kuailian, David Ruiz de León Gacía Vao, y su socio Cristian Albeiro Carmona Hernández, -investigados por presunta estafa de criptomonedas-, para su extradición a España.
Esta supuesta estafa piramidal habría dejado más de 65.000 afectados y 500 millones de euros de perjuicio económico.
En sendos autos, el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción número 6 acuerda esta medida -que habían solicitado algunas de las acusaciones- al no haber comparecido a declarar por dos veces, los pasados 27 de mayo y 23 de junio, alegando que tienen fijada su residencia fuera de España, en Emiratos Árabes Unidos. 
RIESGO DE FUGA
Gadea explica en la resolución que dada la gravedad de las penas que cabría imponer, de hasta ocho años de cárcel por delitos de estafa agravada, blanqueo de capitales y organización criminal, “queda justificada la medida cautelar de busca, detención e ingreso en prisión nacional e internacional, atendido el riesgo de fuga y la voluntad puesta de manifiesto en el procedimiento de obstaculizar la acción judicial, siendo esta medida la única que se vislumbra efectiva para asegurar la presencia del investigado en el proceso a disposición de la autoridad judicial española”. 
Esta medida, añade, debe decretarse emitiendo la oportuna orden internacional de detención, toda vez que existen «sospechas razonables» de que ambos investigados se encuentran en Emiratos Árabes Unidos, con la finalidad de poder dirigir el procedimiento contra ellos y “depurar las responsabilidades penales que les pudieran corresponder por los hechos del presente procedimiento.
La primera citación, prevista para el 27 de mayo, tuvo que ser suspendida después de que la defensa de ambos señalase que sus clientes sufrían un estado de «ansiedad».
Posteriormente, Gadea rechazó que pudieran declarar por videoconferencia u otro sistema similar desde la Embajada de España en Abu Dabi en la segunda ocasión que fueron citados, con el apercibimiento de que, en el caso de que no comparecieran, se procedería a la práctica de la comparecencia del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en la que las acusaciones pueden solicitar su ingreso en prisión o la libertad provisional con o sin medidas cautelares.
Para no comparecer, ambos acusados alegaron haber sufrido amenazas después de aparecer sus nombres en los medios de comunicación, lo que, según aseguran, les ha provocado una situación de «estrés mental muy severo», y señalaron que no podían salir de Emiratos porque les supondría dejar inoperativa su empresa, allí instalada.
UNA RED DE ‘CAPTACIÓN MASIVA’
Las víctimas de este supuesto esquema piramidal se querellaron en la Audiencia Nacional por hechos que podrían ser constitutivos de delitos de estafa, blanqueo de capitales, falsedad y contra la Hacienda Pública.
En el auto que dio inicio a la investigación judicial en abril de 2021, Gadea explicaba que los cuatro querellados idearon Kuailian, un sistema de inversión en criptomonedas radicado en Estonia, pero que operaba desde España. La causa se encuentra, por el momento, bajo secreto.
Los querellados lo publicitaban por redes sociales ofertando un producto denominado ‘kuais’ con un contrato de 1.000 días de duración. Los interesados invertían en ‘kuais’ con la criptomoneda ‘ethereum’, aunque para ello previamente debían tener un monedero con ese tipo de divisa alternativa.
Los clientes también podían captar nuevos afiliados recibiendo el 10% de la inversión de los nuevos captados en un primer nivel. Se generaba así «una red exponencial de captación masiva que ha llevado a un número indeterminado de personas a la plataforma», según expuso el instructor.
«La captación de nuevos inversores alimentaría la base de la pirámide, permitiendo la restitución y el abono de beneficios a los inversores iniciales, sin que la operativa responda a un negocio real», indicó.
Los querellantes denunciaron un incumplimiento de las condiciones pactadas y que se les estaba negando el reembolso de los rendimientos convenidos. «Se informa de que han solicitado la devolución del importe de la moneda virtual invertida, sin respuesta por parte de los responsables de la compañía», explicaba Gadea.
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Causa DCXXI, 2da Parte
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El Dr. Gonzalez manifestó estar conforme con la opi. pion del Dr. Escalada y se adhirió al voto de este en la segunda cuestión:  
El Dr. Pardo manifestó:
En relación á la segunda cuestión, soy de opinión que debe confirmarse la sentencia de f. 131 del expediente administrativo.
De los informes del Departamento Topográfico de f.5 a 8 y de el de la Municipalidad del Partido del Monte de f. 5 vta. y f. 6 resulta que para integrar las cuatro leguas de campo de que se compone el éjido de aquel pueblo fué necesario tomar algunos terrenos de estancia de propiedad privada, entre otros, diez y nueve millones setenta y tres mil doscientas varas cuadradas, que fueron de D. Jorge Arnold y resulta también que para indemnizar á este, ó á sus sucesores, se les acordó una área en la costa del Salado, que debió ser menor que aquella. Los citados informes se refieren á expedientes formados con tal objeto y á los agrimensores que practican la mensura; y ellos constatan dos hechos, primero, que Arnold tenía un terreno del área ya expresada que fué expropiado para integrar el éjido del pueblo del Monte, y segundo que en compensación se le dió otro en la costa del Salado, que en el peor de los casos debía, equitativamente pensando, tener la misma área del expropiado.
El Departamento Topográfico y la Municipalidad son una de las fuentes de verdad a falta de títulos de propiedad para resolver a quién pertenece esta, tratándose de terreno de estancia, en caso de cuestión. Aplicando esta proposición al caso sub-judice, el primero ha enunciado que hay antecedentes en su archivo que constatan la propiedad de Arnold, y la segunda dice que el terreno de este perteneció en mayor porción a D. Francisco Javier Ramirez, el que vendió Arnold diez y nueve millones setenta y tres mil varas cuadradas y que es indudable que la viuda ( de Arnold) lo vendió a D. Lorenzo Roldan, esposo de la Dra. Leonarda Aguirre. Es pues, entonces evidente que el terreno perteneció al dominio privado. 
Cuando Peña solicitó en el expediente agregado la compra de los sobrantes, el Departamento Topográfico dijo que los terrenos expresados en la solicitud no eran conocidos por el público. A f. 1 y 24 indicó que se exhibiera el título, insistiendo sin embargo en que Arnold había sido dueño del área permutada y á f. 36 vta. El Jefe de Tierras Públicas ordenó aquella exhibición admitiendo a f. 45 en defecto de título una información que se produjo de f. 46 á f. 51. De ella resulta que la permuta que es el hecho principal y del que surge el derecho de Arnold, tuvo lugar.
A la vez se acordó Pena f. 71 que justificara, mediante prueba literal que produjera, que Arnold nunca fué propietario del terreno. La prueba en esa forma no se rindió. Y estrictamente juzgando debe ser rechazada la testifical que ha producido por que se aparta del auto consentido que determinó la clase de prueba que debía rendir. Pero, aunque se le suponga procedente, resultaría: 1º que la información de f. 96 y 99 fué levantada ante autoridad incompetente y sin man. dato del Juez de la causa; 2º que tanto ella como las posiciones absueltas á f. 92 y 93 están autorizadas por testigos inhábiles (art. 12 «De los instrumentos públicos,» Código Civil,) según aparece del informe f. 119 y de la confesión explícita que á f. 125 hace el representante de Pena, de ser dichos testigos empleados del Juzgado del Partido del Monte; y 3º que no consta que para la absolución de las posiciones haya precedido la citación legal.
El terreno tampoco ha podido ser rehabilitado. Consta por los informes del Departamento Topográfico y de la Municipalidad del Monte que la fracción acordaracion hecha por el Poder Ejecutivo en favor de un particular que se dice propietario, debe terminar la controversia que haya habido sobre ese punto, sin que tenga acción para ocurrir ante la Suprema Corte de la Provincia á fin de obtener que se invalide aquella declaración, el tercero que, encontrando ventajas en la adquisición del terreno, , lo hubiera solicitado en compra de la autoridad administrativa.
Pero es necesario considerar el interés de ese tercero y caracterizarlo jurídicamente para resolver la cuestión planteada. El interés, la utilidad es siempre la materia de los que se llaman en la ciencia derechos patrimoniales. Ciertamente que no cualquier interés constituye por sí solo un derecho, pero el interés se transforma en derecho, cuando existiendo dentro de los límites de la justicia, ha sido reconocido y protegido por el poder social.
Aplicando estas consideraciones al caso sub-judice conceptúo que el interés de Pena en la adquisición del terreno, perteneciente según él, al Estado y según el Poder Ejecutivo, á D.° Leonarda Aguirre de Roldan, lo habilita para ocurrir ante la Suprema Corte gestionando la declaración de que ese terreno es de propiedad pública.
Pena se presentó solicitando en compra el sobrante que resultara de la mensura del terreno ocupado por Dra. Leonarda y el todo del mismo terreno, si ella no acredita su propiedad sobre él.
No se puede poner en duda que es un derecho comprar terrenos del Estado, en las condiciones que fijan las leyes respectivas. El legislador ha acordado esta facultad y ha estimulado su ejercicio, consultando no sólo la conveniencia del ingreso del precio en las arcas fiscales sino también las ventajas de la transmisión de esas tierras al dominio de los particulares, quienes incorporando á ellas capitales y trabajo, aumentan su valor y las convierten en una fuente perpetua de recursos para el erario, por el impuesto que las grava, al mismo tiempo que en elementos considerables de la fortuna privada.
La enajenación de la tierra pública no depende del mero arbitrio de la administración. Supuesto un terreno del Estado, dentro de la zona que el legislador ha destinado a ser vendida, el poder administrador en cumplimiento de las disposiciones legales, tiene forzosamente que realizar la venta, si fuera solicitada. Tal es la obligación que le incumbe, correlativa con el derecho de comprar, acordado a los particulares.
Se dirá acaso que el interés fiscal de efectuar la venta, es una garantía de que esta se realizará siempre que no haya obstáculo legal para que la gestión del particular sea atendida.
En términos generales, debe pensarse que la administración procederá acertadamente; pero ella puede errar en la apreciación de las cuestiones relativas a la propiedad pública o privada de los terrenos y vulnerar en consecuencia, el derecho de los individuos, que invocando las leyes soliciten comprarlos.
La falibilidad del Poder Administrador hace posible la violacion de las obligaciones que le están impuestas en sus relaciones con los particulares y una de las cuales consiste en vender la tierra pública bajo las condiciones fijadas por las leyes de la materia.
Las cuestiones que se erigieron por la denegación del Poder Ejecutivo a la venta de esa tierra, solicitada por los particulares, son contenciosos administrativos, porque la reclamación de estos se apoya en el derecho de exigir al referido Poder el cumplimiento de la obligación de celebrar la venta.
Siendo esto así, conceptuó evidente la aplicabilidad al caso sub-judice del inciso 3.°, art. 156 de la Constitución Provincial que atribuye a esta Suprema Corte la decisión de «las causas contencioso-administrativas, en única instancia y en juicio pleno, previa denegación de la autoridad administrativa competente, al reconocimiento de los derechos que se gestionan por parte interesada.»
Pena es en el caso actual la parte interesada de que habla el citado artículo de la Constitución. Admitida su petición para que se le vendiera el terreno ocupado por Dra. Leonarda Aguirre de Roldan, siempre que esta no probará ser propietaria del mismo, y debatiéndose ante el Poder Ejecutivo el punto de la propiedad pública ó privada de esa fracción de tierra, Pena fué oído en toda la tramitación, como aparece del expediente respectivo. La declaración que hiciera el mencionado Poder sobre tal punto le afectaría en bien ó en mal, porque según ella fuera, se le vendería o no el terreno que pêdia comprar.
Dictada por el Poder Ejecutivo la declaración de que el terreno sobre el cual había versado la controlada. versia pertenece en propiedad á D3 Leonarda Aguirre de Roldan, Pena creyéndose perjudicado en el derecho 3 comprar un terreno que, según él, pertenece al Estado, ocurre ante la Suprema Corte de la Provincia á fin de obtener una resolución que invalide la del Poder Ejecutivo y haga desaparecer el obstáculo para la compra.
Al proceder así conceptúo que Pena ejercita la acción creada por la Constitución de la Provincia, en el inciso 3º del artículo 156.
Bajo este respecto, considero procedente la demanda, pero apreciándose en el fondo de la pretensión que envuelve, adhiero ni voto al de los Señores Vocales Doctores Escalada Gonzalez y Pardo, pues las razones expuestas por ellos convencen de que el terreno á que se refiere este asunto es de la propiedad de Dra Leonarda Aguirre de Roldan, como el Poder Ejecutivo lo ha declarado.
Originally published at on https://sguera.com.ar/ March 24, 2023.
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coinlegalnews · 2 years
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Gadea rechaza que los responsables de la plataforma de inversión en criptomonedas Kuailian declaren desde Abu Dabi
Y mantiene la declaración para mañana, advirtiéndoles de que si no comparecen se celebrará la comparecencia del artículo 505 de la LECrim, en la que las acusaciones pueden solicitar su ingreso en prisión o la libertad provisional con o sin medidas cautelares
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El magistrado de la Audiencia Nacional (AN) Joaquín Elías Gadea Francés ha rechazado que el fundador de la plataforma de inversión en criptomonedas Kuailian, David Ruiz de León Gacía Vao, y su socio Cristian Albeiro Carmona Hernández, declaren por videoconferencia desde Abu Dabi, capital de los Emiratos Árabes Unidos, y mantiene su declaración para mañana, jueves 23 junio.
Además, con el apercibimiento de que, en el caso de que no comparezcan, se procederá a la práctica de la comparecencia del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en la que las acusaciones pueden solicitar su ingreso en prisión o la libertad provisional con o sin medidas cautelares.
En un auto, dictado hoy, el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción 6 desestima el recurso de reforma que presentaron, en el que pedían declarar por videoconferencia u otro sistema similar desde la Embajada de España en Abu Dabi.
Su primera citación, prevista para el 27 de mayo, tuvo que ser suspendida después de que la defensa de ambos señalase que sus clientes sufrían un estado de «ansiedad».
Gadea explica en su resolución que la petición de los investigados se basa exclusivamente en razones de interés personal, y añade que la solicitud se produce después de haberse suspendido su comparecencia una primera vez por una “supuesta indisposición que ni siquiera pudo ser valorada por el médico forense, pues los citados ni siquiera estaban en España, no llegando a salir de Emiratos Árabes Unidos pese a estar citados en España”.
“Analizados los precedentes y vista la solicitud, esta se perfila más bien como obstructiva y entorpecedora de la ordenada concatenación de actuaciones procesales de esta instrucción, pudiendo entender este magistrado que la medida excepcional y subsidiaria ahora interesada no colma la necesidad, por razones de utilidad pública e interés del Estado en el ejercicio del ius puniendi, de garantizar la presencia de los dos investigados en la sede judicial ante la autoridad competente para la instrucción”, indica el juez.
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dmgpol · 1 year
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Has recibido una citación de juicio para delito leve. Pero, ¿Qué es un delito leve?
He recibido una citación de juicio para delito leve. ¿Qué hago ahora?
citación juicio delito leve Muchas personas reciben a diario una carta del Juzgado en la que la notifican una citación para celebrar Juicio por delito leve. No todos conocen las consecuencias que ello puede tener. ¿Qué es un delito leve? “Los delitos leves han venido a sustituir a las conocidas como faltas. No todas se han convertido en delitos leves, algunas faltas se han despenalizado o se…
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juarezesdeporte · 1 year
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POR PRESUNTA AGRESIÓN SEXUAL
Barcelona., viernes 20 de enero de 2023.-Dani Alves, jugador de los Pumas de la UNAM, fue detenido en esta ciudad tras acudir voluntariamente a una comisaría de policía para responder por una presunta agresión sexual.
"Está detenido" y está siendo trasladado a los juzgados de la Ciudad de la Justicia de Barcelona para que se le tome declaración por esta presunta agresión sexual a una mujer en una discoteca de Barcelona a finales de diciembre, explicó una fuente de los Mossos d'Esquadra, la policía catalana.
El exjugador del FC Barcelona, de 39 años, respondió a una citación de la policía y acudió a la comisaria barcelonesa de Les Corts, cerca precisamente del estadio del Camp Nou, después de lo cual se le detuvo, informó la fuente policial.
El 2 de enero, la policía catalana recibió la denuncia de una mujer que afirmaba haber sufrido tocamientos indeseados por parte del futbolista, explicaron fuentes policiales.
Los hechos habrían ocurrido en una discoteca de Barcelona en la noche del 30 al 31 de diciembre, de acuerdo a la prensa local.
DANI ALVES LO NIEGA
En un mensaje en video transmitido a la televisión Antena 3 el 5 de enero, Alves negó los hechos.
"No la conozco, nunca la vi", dijo de la denunciante. "Me gustaría desmentir todo", añadió, confirmando que estuvo en la discoteca "disfrutando", pero "sin invadir el espacio de los demás".
Capitán del equipo brasileño y el futbolista más laureado de la historia, con 43 títulos, se encontraba de vacaciones en Barcelona antes de reincorporarse a los Pumas de México tras haber disputado el Mundial de Qatar con su selección, que cayó en cuartos de final.
Alves está casado con una modelo española, Joana Sanz, que en una entrevista, también en Antena 3, difundida el 9 de enero, explicó su versión de lo ocurrido.
"El día 30 se fue a cenar con sus amigos, a desconectar un poco, que bastante falta le hacía para su cabeza. Salió a bailar y a intentar disfrutar de la música como bien le gusta, y punto", afirmó.
Es "una noticia que no tiene ni pies ni cabeza", añadió.
(Arturo López / AFP)
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diarioelpepazo · 1 year
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La víctima acusa al atleta de hacer tocamientos en su ropa interior durante su estancia en una discoteca, mientras que desde el entorno de Alves aseguran que "no pasó nada"   El Departamento de Policía de Cataluña, más conocido como los Mossos d'Esquadra, está investigando al futbolista brasileño Dani Alves por presunta agresión sexual contra una mujer, informa el diario español El País. La denuncia fue formalizada este lunes. La víctima sostuvo en declaraciones a los agentes el sábado pasado que el deportista le hizo tocamientos en su ropa interior mientras se encontraba en la discoteca Sutton, en la ciudad de Barcelona, el día viernes 30 de diciembre, detalla el periódico ABC. Tras ello, la mujer avisó a sus amigas que, a su vez, alertaron al personal de seguridad. Los guardias activaron el protocolo que los establecimientos de ocio nocturno mantienen con el Ayuntamiento de Barcelona para manejar situaciones de agresión sexual. Sin embargo, cuando llegó un equipo de los Mossos d'Esquadra, Alves ya se había ido del lugar. La Policía catalana remitirá la investigación a los juzgados para que se abra un procedimiento judicial que podría derivar en una citación al futbolista. Mientras, desde el entorno de Alves negaron los hechos, al asegurar que el atleta estuvo en el espacio en cuestión durante "poco tiempo" y que "no pasó nada" allí. Alves, de 39 años, en verano pasado se despidió del F.C. Barcelona por segunda vez tras volver al club azulgrana en noviembre de 2021. Actualmente, juega en el Club Universidad Nacional, más conocido como Pumas de la UNAM, de la Liga MX de México. Para recibir en tu celular esta y otras informaciones, únete a nuestras redes sociales, síguenos en Instagram, Twitter y Facebook como @DiarioElPepazo El Pepazo/RT Español
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laopiniononline · 1 year
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Más de una tonelada de carne en mal estado fue decomisada en Villa Alemana tras una intensa fiscalización a una distribuidora de alimentos
Más de una tonelada de carne en mal estado fue decomisada en Villa Alemana tras una intensa fiscalización a una distribuidora de alimentos
El hecho se enmarca en una serie de operativos que está desarrollando conjuntamente con el Municipio Transformador, la Delegación presidencial de Marga Marga y la seremi de salud provincial. Tras la fiscalización el lugar quedó con sumario sanitario y una citación al juzgado de policía local. Debido a diversas denuncias realizadas por vecinos y vecinas de Villa Alemana, durante esta jornada…
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24newsblog · 2 years
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Suspendida la declaración de los presuntos autores de la 'criptoestafa' con Kuailian
El juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea ha suspendido, por incomparecencia de los imputados, la declaración de David Ruiz de León, el fundador de la plataforma de inversión en criptomonedas Kualian, y su socio Cristian Albeiro, tras rechazar que pudieran declarar por videoconferencia desde Abu Dabi, donde se encuentran. Esta supuesta estafa piramidal habría dejado un saldo de más de 65.000 afectados y 500 millones de euros de perjuicio económico.
La declaración estaba prevista para las 10.00 horas, después de que el pasado 27 de mayo, cuando tampoco se presentaron en sede judicial, el juez citara a ambos investigados para este jueves.
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Ante la incomparecencia de ambos, algunas de las acusaciones que representan a los afectados por esta presunta estafa preparan escritos para solicitar al juez órdenes de búsqueda y captura contra Ruiz de León y Albeiro, según las fuentes jurídicas consultadas por.
Este miércoles, el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6 dictó un auto en el que mantenía la citación y aseguraba que, en caso de no acudir a declarar, se celebraría una vista en la que las acusaciones podrán solicitar su ingreso en prisión o la libertad provisional con o sin medidas cautelares.
Así, Gadea desestimaba un recurso de reforma presentado por ambos investigados en el que pedían declarar por videoconferencia u otro sistema similar desde la Embajada de España en Abu Dabi (Emiratos Árabes Unidos). Cabe recordar que su primera citación, prevista para el 27 de mayo, tuvo que ser suspendida después de que la defensa de ambos señalase que sus clientes sufrían un estado de "ansiedad".
Explicaba que esta petición se basa exclusivamente en razones de interés personal y añadía que la solicitud se había producido después de haberse suspendido su comparecencia una primera vez, en mayo, por una "supuesta indisposición que ni siquiera pudo ser valorada por el médico forense, pues los citados ni siquiera estaban en España, no llegando a salir de Emiratos Árabes Unidos".
"Analizados los precedentes y vista la solicitud, esta se perfila más bien como obstructiva y entorpecedora de la ordenada concatenación de actuaciones procesales de esta instrucción, pudiendo entender (…) que la medida excepcional y subsidiaria ahora interesada no colma la necesidad, por razones de utilidad pública e interés del Estado en el ejercicio del ius puniendi, de garantizar la presencia de los dos investigados en la sede judicial ante la autoridad competente para la instrucción", sostenía el juez.
"VOLUNTAD DE EVADIR LA ACTUACIÓN JUDICIAL"
Para el magistrado Gadea, la actitud de ambos investigados en esta causa "permite inferir indicios serios de una voluntad de evadir la actuación judicial, lo que justificaría la necesaria presencia de ambos, si quiera para despejar cualquier atisbo sobre la situación personal en que deben quedar" los responsables de Kuailian, "cuya vinculación al proceso por los indicios criminales que pesan sobre ellos resulta incuestionable en este momento".
El juez señalaba en el auto que una declaración a distancia, "sin previa solicitud de las autoridades competentes mediante la correspondiente Comisión Rogatoria y en circunstancias" que se podrían calificar de informales, "no garantizaría los derechos de contradicción y defensa inherentes al proceso penal".
Por ello, explicaba, su petición de declarar por videoconferencia "debe ser descartada, pues no hay manera alguna de dar fe de la validez del acto y asegurar el efectivo disfrute de los derechos procesales de los investigados en condiciones idóneas para su ejercicio, pues de ello dependerá, en esencia, la validez del procedimiento".
Las víctimas de este supuesto esquema piramidal se querellaron en la Audiencia Nacional por hechos que podrían ser constitutivos de delitos de estafa, blanqueo de capitales, falsedad y contra la Hacienda Pública. En el auto de abril de 2021 que dio inicio a la investigación judicial, el magistrado explicaba que cuatro querellados idearon Kuailian, un sistema de inversión en criptomonedas radicado en Estonia pero que operaba desde España. Se trata de una causa que, por el momento, se encuentra bajo secreto.
Publicitaban los querellados su plataforma a través de redes sociales, en las que ofertaban un producto denominado 'kuais' con un contrato de 1.000 días de duración. Los interesados invertían en 'kuais' con la criptomoneda 'ethereum', aunque para ello previamente debían tener un monedero con ese tipo de divisa alternativa.
CAPTACIÓN MASIVA
Los clientes también podían captar nuevos afiliados recibiendo el 10% de la inversión de los nuevos captados en un primer nivel. Se generaba así "una red exponencial de captación masiva que ha llevado a un número indeterminado de personas a la plataforma".
"La captación de nuevos inversores alimentaría la base de la pirámide, permitiendo la restitución y el abono de beneficios a los inversores iniciales, sin que la operativa responda a un negocio real", indicaba el instructor.
Los querellantes denunciaron un incumplimiento de las condiciones pactadas y que se les estaba negando el reembolso de los rendimientos convenidos. "Se informa de que han solicitado la devolución del importe de la moneda virtual invertida, sin respuesta por parte de los responsables de la compañía", añadía el auto.
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24-newspress · 2 years
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Suspendida la declaración de los presuntos autores de la 'criptoestafa' con Kuailian
El juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea ha suspendido, por incomparecencia de los imputados, la declaración de David Ruiz de León, el fundador de la plataforma de inversión en criptomonedas Kualian, y su socio Cristian Albeiro, tras rechazar que pudieran declarar por videoconferencia desde Abu Dabi, donde se encuentran. Esta supuesta estafa piramidal habría dejado un saldo de más de 65.000 afectados y 500 millones de euros de perjuicio económico.
La declaración estaba prevista para las 10.00 horas, después de que el pasado 27 de mayo, cuando tampoco se presentaron en sede judicial, el juez citara a ambos investigados para este jueves.
Ante la incomparecencia de ambos, algunas de las acusaciones que representan a los afectados por esta presunta estafa preparan escritos para solicitar al juez órdenes de búsqueda y captura contra Ruiz de León y Albeiro, según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.
Este miércoles, el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6 dictó un auto en el que mantenía la citación y aseguraba que, en caso de no acudir a declarar, se celebraría una vista en la que las acusaciones podrán solicitar su ingreso en prisión o la libertad provisional con o sin medidas cautelares.
Así, Gadea desestimaba un recurso de reforma presentado por ambos investigados en el que pedían declarar por videoconferencia u otro sistema similar desde la Embajada de España en Abu Dabi (Emiratos Árabes Unidos). Cabe recordar que su primera citación, prevista para el 27 de mayo, tuvo que ser suspendida después de que la defensa de ambos señalase que sus clientes sufrían un estado de "ansiedad".
Explicaba que esta petición se basa exclusivamente en razones de interés personal y añadía que la solicitud se había producido después de haberse suspendido su comparecencia una primera vez, en mayo, por una "supuesta indisposición que ni siquiera pudo ser valorada por el médico forense, pues los citados ni siquiera estaban en España, no llegando a salir de Emiratos Árabes Unidos".
"Analizados los precedentes y vista la solicitud, esta se perfila más bien como obstructiva y entorpecedora de la ordenada concatenación de actuaciones procesales de esta instrucción, pudiendo entender (…) que la medida excepcional y subsidiaria ahora interesada no colma la necesidad, por razones de utilidad pública e interés del Estado en el ejercicio del ius puniendi, de garantizar la presencia de los dos investigados en la sede judicial ante la autoridad competente para la instrucción", sostenía el juez.
"VOLUNTAD DE EVADIR LA ACTUACIÓN JUDICIAL"
Para el magistrado Gadea, la actitud de ambos investigados en esta causa "permite inferir indicios serios de una voluntad de evadir la actuación judicial, lo que justificaría la necesaria presencia de ambos, si quiera para despejar cualquier atisbo sobre la situación personal en que deben quedar" los responsables de Kuailian, "cuya vinculación al proceso por los indicios criminales que pesan sobre ellos resulta incuestionable en este momento".
El juez señalaba en el auto que una declaración a distancia, "sin previa solicitud de las autoridades competentes mediante la correspondiente Comisión Rogatoria y en circunstancias" que se podrían calificar de informales, "no garantizaría los derechos de contradicción y defensa inherentes al proceso penal".
Por ello, explicaba, su petición de declarar por videoconferencia "debe ser descartada, pues no hay manera alguna de dar fe de la validez del acto y asegurar el efectivo disfrute de los derechos procesales de los investigados en condiciones idóneas para su ejercicio, pues de ello dependerá, en esencia, la validez del procedimiento".
Las víctimas de este supuesto esquema piramidal se querellaron en la Audiencia Nacional por hechos que podrían ser constitutivos de delitos de estafa, blanqueo de capitales, falsedad y contra la Hacienda Pública. En el auto de abril de 2021 que dio inicio a la investigación judicial, el magistrado explicaba que cuatro querellados idearon Kuailian, un sistema de inversión en criptomonedas radicado en Estonia pero que operaba desde España. Se trata de una causa que, por el momento, se encuentra bajo secreto.
Publicitaban los querellados su plataforma a través de redes sociales, en las que ofertaban un producto denominado 'kuais' con un contrato de 1.000 días de duración. Los interesados invertían en 'kuais' con la criptomoneda 'ethereum', aunque para ello previamente debían tener un monedero con ese tipo de divisa alternativa.
CAPTACIÓN MASIVA
Los clientes también podían captar nuevos afiliados recibiendo el 10% de la inversión de los nuevos captados en un primer nivel. Se generaba así "una red exponencial de captación masiva que ha llevado a un número indeterminado de personas a la plataforma".
"La captación de nuevos inversores alimentaría la base de la pirámide, permitiendo la restitución y el abono de beneficios a los inversores iniciales, sin que la operativa responda a un negocio real", indicaba el instructor.
Los querellantes denunciaron un incumplimiento de las condiciones pactadas y que se les estaba negando el reembolso de los rendimientos convenidos. "Se informa de que han solicitado la devolución del importe de la moneda virtual invertida, sin respuesta por parte de los responsables de la compañía", añadía el auto.
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eltelescopiocl · 2 years
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PDI RECUPERÓ 3 VEHÍCULOS CON ENCARGO POR ROBO EN CAUQUENES Y PELLUHUE Detectives de la Brigada de Investigación Criminal (BICRIM) Cauquenes, en coordinación con el Ministerio Público y bajo el Modelo de Investigación Preferente, detuvieron a tres personas, dos de ellas por receptación flagrante. Detectives de la BICRIM Cauquenes, gracias al trabajo investigativo y de inteligencia policial, lograron recuperar en distintos puntos de la provincia de Cauquenes 3 vehículos, avaluados en cerca de 70 millones de pesos. En Pelluhue en la jornada del miércoles, detectives de dicha brigada territorial recuperaron un camión marca Fotón, modelo Aumark, año 2016, avaluado en 30 millones de pesos, el cual mantiene encargo policial vigente por el delito de robo con intimidación, del 28 de abril de 2020 en la comuna de Maipú, resultando una persona detenida por receptación flagrante. Por otra parte, los vehículos recuperados en Cauquenes fueron un camión ¾, marca Kia, modelo Frontier, año 2016, avaluado en 15 millones de pesos, con sus patentes falsas, instruyendo la fiscal de turno que el detenido quedara en libertad a espera de citación por parte de ese ministerio, solicitando realizar pericias químicas al vehículo, a fin de establecer su verdadera identificación. En esa misma línea, detectives de la BICRIM Cauquenes, mientras realizaban diligencias investigativas en la ciudad en la jornada del jueves, específicamente en el sector céntrico, se percataron de un automóvil estacionado en la vía pública, notando que portaba placas patentes falsas. Al realizar diligencias investigativas, los oficiales investigadores se percataron que la camioneta marca Mitsubishi, modelo L200, año 2019, avaluada en 24 millones, mantenía encargo policial vigente por el delito de robo con intimidación, modalidad encerrona, del 28 de enero de 2021 en la comuna de Maipú, instruyendo el fiscal de turno que el detenido fuera puesto a disposición del Juzgado de Garantía de Cauquenes para control de detención por receptación flagrante. (en Región del Maule Chile) https://www.instagram.com/p/Chu0I_au3wE/?igshid=NGJjMDIxMWI=
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